Introducción: El Filtro Técnico del Catastro para las Representaciones Gráficas
En el módulo anterior, exploramos la Representación Gráfica Alternativa (RGA) como el instrumento técnico para proponer una geometría de finca que difiere de la catastral oficial, buscando una mayor adecuación a la realidad física. Sin embargo, para que una RGA tenga efectos en el proceso de coordinación Catastro-Registro y pueda servir de base para la actualización catastral o la inscripción registral, debe superar un filtro técnico crucial: el servicio de validación de bases gráficas georreferenciadas alternativas ofrecido por la Dirección General del Catastro a través de su Sede Electrónica (SEC). El resultado de este servicio es el Informe de Validación Gráfica (IVG).
Este post técnico se sumerge en la naturaleza del IVG, el proceso para obtenerlo, los aspectos técnicos que el servicio de validación comprueba exhaustivamente y el significado de un resultado positivo o negativo. Entender el IVG es fundamental para cualquier técnico, propietario o fedatario público, ya que constituye la «luz verde» (o roja) técnica del Catastro a la geometría propuesta.
1. ¿Qué es un Informe de Validación Gráfica (IVG)?
El Informe de Validación Gráfica (IVG) es un documento electrónico, firmado con sello electrónico por la Dirección General del Catastro (como actuación administrativa automatizada – AAA), que expresa el resultado de someter una Representación Gráfica Alternativa (RGA) –aportada en formato GML INSPIRE de parcela catastral– al servicio de validación técnica de la SEC.
Su objetivo principal es determinar si la RGA aportada cumple los requisitos técnicos para su posible incorporación al Catastro y, por extensión, para su inscripción en el Registro de la Propiedad en el marco de la coordinación. Esencialmente, verifica la compatibilidad geométrica y topológica de la RGA con la cartografía catastral existente de las parcelas colindantes no afectadas por la alteración propuesta.
Importante Distinción: Validación Técnica vs. Legalidad Jurídica
El IVG valida la aptitud técnica de la geometría propuesta, pero en ningún caso valida la legalidad de las operaciones jurídicas que dan lugar a esa nueva configuración (segregaciones, agrupaciones, compraventas, etc.) ni si se disponen de las autorizaciones administrativas necesarias (licencias urbanísticas, permisos sectoriales, etc.). Esa validación legal corresponde a Notarios y Registradores.
2. ¿Quién Puede Solicitar y Generar un IVG?
El servicio de validación gráfica de la SEC y la consecuente generación del IVG pueden ser instados por:
- Técnico Competente: Es el usuario más habitual, quien elabora la RGA (ej. un Ingeniero en Geomática y Topografía).
- Fedatario Público: Notarios y Registradores pueden utilizar el servicio para validar las RGA que se les presentan.
- Ciudadano/Interesado: Cualquier persona puede utilizar el servicio, aunque la elaboración de la RGA en GML requiere conocimientos técnicos.
El servicio requiere la autenticación del usuario mediante certificado electrónico o Cl@ve-PIN para generar el informe final con los datos del solicitante. No obstante, la plataforma permite realizar comprobaciones previas sin autenticación completa para ver el resultado gráfico.
3. El Proceso de Obtención del IVG en la Sede Electrónica del Catastro (SEC)
Obtener un IVG implica seguir una serie de pasos técnicos en la SEC:
Pasos Clave del Servicio de Validación:
-
Aportación del Fichero GML de la RGA
Se debe subir el fichero (o ficheros, si son varias parcelas resultantes) GML INSPIRE de parcela catastral que contiene la geometría alternativa propuesta.
-
Validaciones Iniciales Automáticas por el Sistema
- Corrección Sintáctica del GML: El sistema primero verifica que el fichero GML esté «bien formado» (sintaxis XML correcta) y sea conforme al esquema INSPIRE de parcela catastral. Si hay errores graves de formato, el proceso no continúa. Es crucial validar sintácticamente el GML con herramientas externas antes de subirlo.
- Identificadores Internos Únicos: Se comprueba que los identificadores locales (
) de las parcelas propuestas dentro del GML no se repitan, ya que son clave para la posterior asignación de referencias catastrales.
- Coherencia Superficie Declarada vs. Geometría (si se aporta): Si el GML incluye una etiqueta de superficie (
), se valida que esta coincida (redondeada al metro cuadrado) con la superficie calculada geométricamente a partir de las coordenadas de los vértices del polígono.
-
Validación Geométrica y Topológica Central
Esta es la comprobación más importante. La aplicación verifica si el parcelario aportado (la RGA) respeta la delimitación que consta en la cartografía catastral de las parcelas colindantes que NO se ven afectadas por la alteración. Previamente, valida que no existan superposiciones (solapes) dentro del propio parcelario aportado.
-
Declaración del Tipo de Operación (para IVG Positivo)
Si las validaciones geométricas preliminares son positivas, el sistema solicita al usuario que indique el tipo de operación catastral que da origen a la RGA. Las opciones varían según si se aporta una o varias parcelas y si hay una o varias parcelas catastrales afectadas:
- Varias Parcelas Aportadas / Varias Afectadas: Reparcelación, Subsanación (modificación de linderos).
- Una Parcela Aportada / Varias Afectadas: Agregación (si una afectada es mucho mayor), Agrupación (superficies comparables), Reparcelación, Subsanación. El sistema sugiere Agregación o Agrupación por defecto según el criterio del quíntuplo del Art. 48 RH.
- Varias Parcelas Aportadas / Una Afectada: Segregación (si una resultante es mucho mayor y mantiene la referencia), División (superficies comparables), Reparcelación, Subsanación. El sistema sugiere Segregación o División por defecto.
- Validación de Identificadores según Operación: Una vez seleccionado el tipo de operación, el sistema realiza validaciones adicionales sobre los
localId
ynamespace
de las parcelas aportadas en el GML para asegurar que son coherentes con las reglas de asignación de referencias catastrales para esa operación (ej. en una Agregación, ellocalId
de la parcela resultante debe coincidir con la referencia de la finca principal afectada y sunamespace
serES.SDGC.CP
).
-
Visualización y Emisión del Informe
El sistema muestra en el visor una imagen del parcelario propuesto superpuesto al catastral y el resultado (positivo o negativo) de la comprobación. Si todo es correcto (y tras la autenticación), se genera el IVG.
4. Contenido y Significado de un IVG (Positivo vs. Negativo)
El IVG es un documento PDF firmado electrónicamente por la DGC con un Código Seguro de Verificación (CSV), que incluye:
Elementos Comunes del Documento IVG (PDF y XML)
- Información del Solicitante: Y del técnico competente, si intervino y se consignaron sus datos.
- Sentido del Informe (Resultado): Indica si la validación es POSITIVA o NEGATIVA.
- Representaciones Gráficas:
- De la nueva parcelación propuesta (la RGA).
- De la parcelación catastral original sobre la que se asienta la propuesta.
- Superposición de ambas.
- Listado de Parcelas Catastrales Afectadas: Indicando si son afectadas totalmente (la RGA las recubre por completo) o parcialmente (la RGA no las recubre totalmente, lo que generalmente produce un IVG negativo si no se justifica debidamente esa afección parcial sobre un colindante).
- Para IVG Positivos Únicamente:
- Tipo de operación declarada (Agregación, Segregación, etc.).
- Listado del parcelario aportado (parcelas resultantes), indicando sus linderos (parcelas catastrales colindantes o del propio parcelario aportado).
- Listado de coordenadas de los vértices de las parcelas resultantes y su superficie gráfica.
- Archivo XML Adjunto: El PDF del IVG lleva incrustado un fichero XML con toda la información estructurada del informe (datos del solicitante, técnico, parámetros de desplazamiento si los hubo, los GML aportados codificados en base64, el tipo de operación, y los datos de las parcelas resultantes y afectadas). Este XML facilita el tratamiento automatizado de la información.
Implicaciones de un IVG Positivo
Significa que la RGA aportada es geométricamente compatible con la cartografía catastral de las fincas colindantes no alteradas y cumple los requisitos técnicos para su potencial incorporación al Catastro. Es el documento técnico idóneo para acompañar a la escritura pública e instar la inscripción registral coordinada y la posterior alteración catastral.
Implicaciones de un IVG Negativo (o Información de Errores tras Actualización del Servicio)
- Tradicionalmente, se emitía un IVG negativo detallando los errores. A partir del 12 de marzo de 2025, ya no se certifican IVG negativos como tal.
- En su lugar, la plataforma informa al usuario de los errores o defectos advertidos (ej. solapes con colindantes, huecos, errores de topología interna, identificadores incorrectos) y permite la descarga de los ficheros GML propuestos para que el técnico pueda analizarlos y corregirlos.
- Un resultado negativo (o la detección de errores) implica que la RGA no es apta y debe ser corregida y validada nuevamente hasta obtener un resultado positivo (o hasta que los errores informados sean subsanables y justificados).
5. ¿Qué Comprueba (y Qué NO Comprueba) el Informe de Validación Gráfica?
Es crucial entender el alcance del IVG:
Aspectos Técnicos Verificados por el IVG
- Formato y Estructura del GML: Conformidad con INSPIRE Cadastral Parcels.
- Coherencia Topológica Interna: Que las parcelas aportadas no se solapen entre sí ni tengan geometrías inválidas.
- Compatibilidad Geométrica con Colindantes Catastrales NO Afectados: Que la RGA no invada ni genere huecos con las parcelas catastrales vecinas que no forman parte de la alteración propuesta. Se basa en el apartado séptimo de la Resolución Conjunta.
- Respeto al Perímetro Global de la/s Finca/s Matriz/ces: Que el conjunto de las parcelas resultantes de la RGA encaje dentro del contorno de las parcelas catastrales originales.
Aspectos Legales y de Realidad Física NO Validados por el IVG
- La Legalidad de la Operación Jurídica: No certifica que la segregación, agrupación, etc., cumpla la normativa urbanística, agraria u otras leyes.
- La Titularidad Dominical: No valida quién es el propietario.
- La Exactitud Absoluta con la Realidad Física (si no hay levantamiento): Si la RGA se basa en una mera digitalización sobre catastral, el IVG solo valida su coherencia con esa base, no necesariamente con la realidad física precisa. La calidad de la RGA depende de la metodología de su elaboración.
- La Existencia de Autorizaciones Administrativas: No comprueba si se tienen las licencias necesarias.
6. Utilidad y Flujo del IVG Positivo en el Proceso de Coordinación
- Medio Idóneo para Escrituras: Permite al Notario incorporar la RGA validada a la escritura pública.
- Captura Automatizada: Su CSV y XML adjunto evitan errores de transcripción y facilitan el tratamiento automatizado por Notarías, Registros y Catastro.
- Base para la Actualización Catastral: Si los Notarios o Registradores comunican al Catastro una operación que incluye una RGA con IVG positivo (aportando su CSV), el Catastro puede realizar la actualización o rectificación de su cartografía de forma más ágil, a menudo automatizada (Art. 18.2 y 18.3 TRLCI).
Conclusión: El IVG como Semáforo Técnico para la Coordinación
El Informe de Validación Gráfica (IVG) emitido por la Sede Electrónica del Catastro es una herramienta técnica fundamental y un paso ineludible en el proceso de coordinación Catastro-Registro cuando se aporta una Representación Gráfica Alternativa (RGA). Actúa como un «semáforo técnico» que indica si la geometría propuesta es compatible con la cartografía catastral existente y cumple los estándares para su procesamiento. Un IVG positivo es la llave que abre la puerta a la inscripción registral coordinada y a la actualización de la base de datos catastral, aportando certeza geométrica a la finca. Sin embargo, es vital recordar que su alcance es técnico-geométrico, y la validación legal de la operación subyacente corresponde a los fedatarios públicos y administraciones competentes. En el siguiente post, analizaremos el proceso completo de aportación de la representación gráfica, desde la Notaría hasta el Registro y el Catastro.
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