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¿Qué arreglo primero: Catastro o Registro?

Publicada el 16/01/202516/05/2025 por topografo.cantabria

Cuando detectas problemas en los datos de tu propiedad, ya sea en el Catastro o en el Registro de la Propiedad, la decisión de qué corregir primero puede ser crucial para evitar retrasos, gastos innecesarios o incluso bloqueos administrativos. En este artículo te explicamos cómo proceder según las situaciones más comunes.

Entender la diferencia entre Catastro y Registro

Antes de decidir, es fundamental comprender qué son y cómo funcionan:

Catastro: Es un registro administrativo que contiene información gráfica y fiscal sobre los bienes inmuebles (forma, superficie y ubicación). Es la base para calcular impuestos como el IBI.

Registro de la Propiedad: Es un registro jurídico que garantiza los derechos sobre la propiedad (titularidad, cargas, límites). Su información tiene valor legal.

Ambos registros deben estar coordinados, pero no siempre ocurre.

¿Por qué es importante corregir las discrepancias?

Las discrepancias entre Catastro y Registro pueden generar problemas al:

  • Realizar compraventas.
  • Solicitar hipotecas.
  • Tramitar escrituras de obra nueva o segregaciones.

Corregir estas diferencias asegura que los datos sean coherentes y evita complicaciones legales y administrativas.

¿Qué debo corregir primero según el problema?

Caso 1: Discrepancias en dimensiones o ubicación

  • Qué corregir primero: El Catastro.
  • Por qué: La representación gráfica del Catastro es la base para actualizar el Registro. Según el artículo 9 de la Ley Hipotecaria, la inscripción debe incluir una representación gráfica georreferenciada.

Caso 2: Problemas con la titularidad del inmueble

  • Qué corregir primero: El Registro de la Propiedad.
  • Por qué: El Registro garantiza la titularidad jurídica. Si los datos del propietario son incorrectos, primero debes corregirlos antes de actualizar el Catastro.

Caso 3: Actualización de valores fiscales

  • Qué corregir primero: El Catastro.
  • Por qué: El valor catastral afecta impuestos como el IBI, y solo se actualiza desde el Catastro.

Caso 4: Operaciones de compraventa o escritura de fin de obra

  • Qué corregir primero: Depende de la operación.
  • Si hay discrepancias gráficas o de superficie: Corrige primero el Catastro para que la información sea consistente.
  • Si estás realizando una compraventa o escritura de fin de obra: Corrige primero el Registro (Aunque haya errores en la superficie catastral)

⚠️ Importante: En estos casos, si la discrepancia de superficie es inferior al 10%, puedes corregir primero en el Registro y coordinar después con el Catastro mediante un proceso de actualización automática.

Coordinación Catastro-Registro: ¿Cómo funciona?

Si el Catastro tiene errores y necesitas inscribir una propiedad en el Registro, puedes aprovechar la coordinación automática entre ambas instituciones:

Inscribe la corrección en el Registro de la Propiedad.

El Registro notifica al Catastro, que actualizará sus datos basándose en la inscripción.

Requisitos clave:

La discrepancia de superficie debe ser inferior al 10%.

Debes aportar una representación gráfica georreferenciada válida (IVGA positivo) junto con un plano topográfico elaborado por un Ingeniero Topógrafo Colegiado preferiblemente.

Notificación a colindantes: un punto crítico

Cómo afecta el proceso

Cuando inscribes un IVGA positivo en el Registro, este tiene la obligación de notificar a los propietarios de las parcelas colindantes sobre los cambios propuestos. Este paso es crucial porque:

  • Los colindantes tienen derecho a presentar alegaciones si consideran que los nuevos datos afectan sus derechos o límites.
  • Si presentan alegaciones, se abre un periodo de resolución administrativa o judicial, durante el cual el Registro suspenderá la inscripción de tu propiedad hasta que se resuelvan las discrepancias.

Impacto en los plazos

Este proceso puede alargar significativamente los tiempos si:

  • Existe conflicto con uno o más colindantes.
  • Se requiere la intervención de un juez o una nueva revisión técnica.

Recomendaciones para minimizar problemas:

  • Asegúrate de que la representación gráfica sea precisa: Contrata a un topógrafo profesional para garantizar que los límites de tu propiedad son correctos y no invaden otras parcelas.
  • Consulta con un abogado especializado: En casos complejos, contar con asesoría legal puede ayudar a gestionar posibles conflictos con los colindantes.
  • Prepara la documentación adicional: Si hay discrepancias, tener informes técnicos y documentación legal sólida te ayudará a resolverlas más rápido.

Recomendaciones finales

Evalúa la situación específica:

  • Prioriza el Catastro si el problema es principalmente gráfico.
  • Prioriza el Registro si necesitas garantizar la titularidad o realizar una operación como una compraventa.

Aprovecha la coordinación Catastro-Registro:

  • Si la discrepancia de superficie es inferior al 10%, puedes inscribir en el Registro y coordinar automáticamente con el Catastro.

Ten en cuenta las notificaciones a colindantes:

  • Antes de inscribir un IVGA, asegúrate de que los límites sean correctos para evitar conflictos y retrasos por alegaciones.

Conclusión final

Decidir qué corregir primero, Catastro o Registro, depende del tipo de problema y del trámite a realizar. En casos de compraventas o escrituras de fin de obra, es recomendable priorizar el Registro y aprovechar la coordinación automática para actualizar el Catastro.

Sin embargo, si necesitas inscribir un IVGA, recuerda que el Registro notificará a los colindantes, lo que podría generar alegaciones y retrasos en el proceso. Para evitar estos problemas, asegúrate de contar con un topógrafo colegiado y una buena representación gráfica.

Un enfoque bien planificado te ahorrará tiempo, dinero y posibles complicaciones legales.

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