Usos permitidos en suelo rústico de protección ordinaria: Artículo 113.1 de la Ley 2/2001

¿Qué es el Suelo Rústico de Protección Ordinaria (SRPO) y cómo se regula?

El Suelo Rústico de Protección Ordinaria (SRPO) es una categoría establecida por la Ley 2/2001 de Cantabria que regula áreas rurales con menos restricciones que el suelo rústico de especial protección. Sin embargo, está diseñado para preservar los valores naturales, sociales y económicos de las áreas donde se aplica.

Su regulación está condicionada por los instrumentos de planificación territorial o sectorial, como los Planes de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) y los Planes de Ordenación de Recursos Forestales (PORF). En ausencia de planes específicos, el régimen general es el establecido en la Ley 2/2001 y el planeamiento urbanístico municipal, siempre que este último no sea más restrictivo.

¿Qué instrumentos de planificación territorial afectan al SRPO?

El SRPO está regulado por diversos instrumentos territoriales:

Planes de Ordenación del Litoral (POL):

Área de Protección:

El régimen de usos se define en los artículos 23 a 34 de la Ley 2/2004, permitiendo actividades de conservación, mantenimiento y mejora de infraestructuras preexistentes.

Área de Ordenación:

En municipios adaptados al POL, se aplican las determinaciones de los artículos 45 a 50 del POL.

En municipios no adaptados, se aplica la Ley 2/2001 transitoriamente.

PORN y PORF:

Ejemplo: En las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel, el Decreto 76/2018 categoriza usos en general, compatibles o limitados.

En Oyambre, el Decreto 89/2010 regula usos compatibles con la conservación natural.

Planes Urbanísticos Municipales:

Los ayuntamientos pueden introducir normas más restrictivas que los planes territoriales, siempre que no contradigan lo estipulado por la legislación sectorial.

¿Qué ocurre si no hay instrumentos de planificación aplicables?

En ausencia de planificación específica, la Ley 2/2001 regula las construcciones y actividades permitidas en el SRPO a través del artículo 113.2. Este apartado establece criterios para autorizar actividades y construcciones con un enfoque en el desarrollo sostenible.

¿Cómo afecta la legislación sectorial al SRPO?

Las normativas sectoriales, como las de carreteras, aguas, costas y patrimonio, prevalecen sobre la Ley 2/2001 cuando establecen restricciones específicas. Por ejemplo:

Carreteras: Establecen distancias mínimas para construcciones cercanas a vías.

Costas: Protegen áreas del litoral bajo restricciones adicionales.

Patrimonio: Limitan intervenciones cerca de bienes culturales protegidos.

¿Qué papel tiene el planeamiento municipal en el SRPO?

El planeamiento municipal puede implementar restricciones adicionales a las impuestas por los planes territoriales o sectoriales. En Cantabria, la Ley permite a los ayuntamientos adaptar sus ordenanzas urbanísticas, reguladas en el artículo 62 de la Ley 2/2001, para modular el nivel de aplicación del régimen del SRPO dentro de su territorio.

¿Qué excepciones introduce la Ley 3/2012 respecto al SRPO?

La Ley 3/2012 introduce una excepción importante al régimen general del SRPO:

Viviendas unifamiliares aisladas e instalaciones relacionadas con actividades artesanales, culturales o turísticas:

Estas construcciones se regulan según la Disposición Transitoria 9ª (DT9ª) de la Ley 2/2001, desplazando las normas municipales preexistentes.

Ejemplo: Un ayuntamiento puede modular estas medidas con nuevas ordenanzas, pero no contradecir la DT9ª.

¿Qué criterios deben seguir los municipios para adaptarse al SRPO?

Los municipios que decidan implementar medidas específicas deben:

Aprobar ordenanzas urbanísticas según el artículo 62 de la Ley 2/2001.

Garantizar que las normativas sean compatibles con los instrumentos de planificación territorial y sectorial.

Aplicar restricciones más estrictas si consideran necesario proteger valores locales.

¿Cómo se aplica la DT9ª a las viviendas unifamiliares aisladas?

La DT9ª prevalece sobre las regulaciones municipales para permitir la construcción de viviendas unifamiliares aisladas en SRPO. Sin embargo, estas deben cumplir con los requisitos específicos de sostenibilidad y armonización con el entorno rural, tal como establece la Ley 3/2012.

¿Qué conclusiones se pueden extraer del artículo 113.1 del SRPO?

El artículo 113.1 de la Ley 2/2001 establece un marco flexible para el SRPO, permitiendo que los planes territoriales y sectoriales prioricen valores específicos del suelo. Sin embargo, los municipios y la legislación sectorial pueden introducir restricciones adicionales.

El desarrollo sostenible es el eje central de esta regulación, que busca equilibrar la conservación de los valores rurales con las necesidades de desarrollo económico y social de Cantabria.

¿Qué pasos seguir para obtener autorizaciones en SRPO?

Consultar los instrumentos territoriales aplicables al área.

Verificar restricciones sectoriales adicionales.

Revisar las normativas urbanísticas municipales.

Presentar solicitudes con toda la documentación requerida.

Detalle del artículo 113.2: Actividades comerciales y extractivas en SRPO

1 comentario en “Usos permitidos en suelo rústico de protección ordinaria: Artículo 113.1 de la Ley 2/2001”

  1. Pingback: Reformas y Ampliaciones en Suelo Rústico: Ley 2/2001 de Cantabria. Parte III - Ingeniero Topográfico y Geomático - Profesional Colegiado

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio